El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha desestimado este jueves la apelación presentada por Carles Puigdemont, expresidente de Cataluña, y su exconseller Toni Comín, contra el Parlamento Europeo por no haber sido reconocidos inicialmente como eurodiputados tras las elecciones europeas de mayo de 2019. Esta decisión confirma la sentencia anterior del Tribunal General, que ya había respaldado la actuación del entonces presidente de la Eurocámara, el conservador Antonio Tajani, quien se apegó a la lista de diputados electos enviada oficialmente por las autoridades españolas.

La Junta Electoral Central de España había excluido a Puigdemont y Comín de la lista por no presentarse en Madrid para acatar la Constitución, un requisito legal para asumir el cargo. El TJUE, con sede en Luxemburgo, ha subrayado que el presidente del Parlamento Europeo no tiene competencia para cuestionar o modificar la lista proporcionada por un Estado miembro, ya que hacerlo infringiría el principio de distribución de competencias entre la Unión Europea y sus Estados miembros.
La resolución del TJUE enfatiza la importancia de respetar los procedimientos nacionales en la validación de los eurodiputados electos, estableciendo un precedente sobre la limitada capacidad de intervención del Parlamento Europeo en asuntos que son competencia directa de los Estados miembros. Esta decisión pone fin a una larga batalla legal de Puigdemont y Comín por ocupar sus escaños en el Parlamento Europeo, reafirmando la autonomía de los procedimientos electorales nacionales en el marco de la legislación europea.
26/9/2024