21-01-2022
El daño causado por el Covid-19 en el turismo terminó de convencer a las autoridades para introducir un impuesto solidario para el sector.
Desde el 1 de enero de 2022, el Código General Tributario de Marruecos (CGI) se completa con un nuevo impuesto: la tasa aérea de solidaridad y promoción turística. Este impuesto, cuya gestión está atribuida a la Dirección General de Impuestos (DGI), se introdujo por primera vez en 2014. Su integración en el CGI pretende regirse por normas de determinación, recaudación y control que permitan respetar los derechos de los contribuyentes.
El impuesto se fija en 100 dirhams para billetes de clase económica y 400 dirhams para primera clase/clase ejecutiva. Las empresas de transporte aéreo son responsables ante el Estado de este impuesto y están obligadas a recaudarlo de sus clientes y pagar los ingresos. Según el informe de tráfico aéreo comercial del 15 de junio al 31 de agosto de 2021, publicado por la Oficina Nacional de Aeropuertos (ONDA), más de 3,56 millones de pasajeros internacionales fueron recibidos en los aeropuertos de Marruecos, a través de 31.202 vuelos internacionales.
Además de las compañías marroquíes Royal Air Maroc y Air Arabia Maroc, operaron en Marruecos otras 43 compañías internacionales, entre ellas Ryanair, TUI Airlines, Air France, etc., algunas de las cuales operaron por primera vez en determinados aeropuertos marroquíes, en particular El Al Israel Aerolíneas en el aeropuerto de Marrakech-Menara, Transavia Holland en el aeropuerto de Fez-Sais. Las empresas de transporte aéreo residentes en Marruecos están obligadas a presentar, cada mes, una declaración y pagar el impuesto a las autoridades fiscales, por medio de un proceso electrónico.
Las empresas de transporte aéreo no residentes, que no tengan domicilio social ni representación en Marruecos, están obligadas a presentar una declaración ante la ONDA cada mes. Este último debe pagar el impuesto recaudado a las autoridades fiscales por vía electrónica.