19-11-2021
Los trabajadores autónomos ahora están cubiertos por el régimen de seguro médico obligatorio (AMO), anunció el Fondo Nacional de Seguridad Social (CNSS).
Los comerciantes, profesionales y artesanos sujetos al esquema de Contribución Profesional Única (CPU), los comerciantes y artesanos que llevan cuentas y los empresarios autónomos ahora se ven afectados por el seguro médico obligatorio, según un comunicado de prensa del Fondo.
Esta decisión se produce tras la adopción de los decretos relativos a estas categorías por parte del Consejo de Gobierno el 17 de noviembre de 2021, agrega la misma fuente, indicando que podrán beneficiarse las personas pertenecientes a estas categorías, así como sus hijos y cónyuges al régimen AMO.
La misma fuente agrega que para los comerciantes, profesionales y artesanos sujetos al régimen de CPU, la fecha de vencimiento de las aportaciones se fija el 1 de diciembre de 2021, mientras que el inicio del beneficio de la AMO será el 1 de enero de 2022.
Para los comerciantes y artesanos que lleven una contabilidad, la fecha de exigibilidad es el 1 de enero de 2022, para un comienzo de las prestaciones del AMO el 1 de febrero de 2022, mientras que para los empresarios autónomos, las fechas elegidas son el 1 de febrero y el 1 de marzo de 2022, respectivamente.
El CNSS también anuncia que el proceso de registro para todas las personas que se encuentran dentro de las categorías anteriores comenzará el 1 de diciembre de 2021.