
15-01-2021
El Consejo de Gobierno, celebrado ayer jueves, adoptó el proyecto de decreto No. 2.20.675 que modifica y complementa el decreto No. 2.18.378 relativo a la telemedicina.
Algunas disposiciones de este proyecto, presentado por el ministro de Sanidad, han sido revisadas con el objetivo de modificar la definición de consulta médica mencionada en el artículo 1 del decreto y los componentes del expediente de solicitud de licencia, al estipular la obligación de facilitar, para los solicitantes, copia de la autorización previa para el tratamiento de datos personales entregada por la Comisión Nacional de Protección de Datos Personales (CNDP).
Asimismo, esta revisión se refiere a la estipulación de la presencia de un representante de la Orden Nacional de Médicos durante la visita de cumplimiento prevista en el artículo 5 del decreto, la reconsideración de la composición de la Comisión de Telemedicina prevista por el artículo 8 del decreto y lo estipulado en el artículo 10 del mismo que regula la actividad de la telemedicina.
La frase «información personal» contenida en el artículo 13 del decreto también fue reemplazada por «datos personales», señaló el portavoz del Gobierno al final del Consejo.