
08-10-2020
Han entrado en vigor nuevas disposiciones legales que permiten un “indulto” parcial en beneficio de las personas que tienen prohibido emitir cheques en Marruecos. Las multas económicas impuestas en caso de emisión de cheques en contra de la legalidad se han reducido significativamente, lo cual permite a los infractores volver a emitir un cheque como medio de pago.
Este hecho se relaciona con el Decreto Legislativo No. 2.20.690 que prevé la promulgación de disposiciones excepcionales relativas al pago de multas económicas para recuperar la posibilidad de emitir cheques, el cual fue publicado en el Diario Oficial No. 5705. Este texto establece reducir la multa económica que el titular de la cuenta debe pagar para recuperar la posibilidad de emitir cheques al 0.5% (en lugar del 5%) del monto del cheque impago sujeto a la primera advertencia, prevista en el artículo 313 del Código de Comercio.
En cuanto a los cheques sujetos a la segunda y tercera amonestación, estipulados en el Código de Comercio, su multa se redujo respectivamente al 1% (en lugar del 10% anterior) y al 1,5% (en lugar del 20%) de la monto del cheque sujeto a estas advertencias, así como a las posteriores. La aplicación de estas nuevas disposiciones está programada para un período de seis meses desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo del próximo año. El gobierno puede, si es necesario, durante la vigencia de la emergencia sanitaria declarada, extender este período.
La reducción de estas multas, tiene como objetivo abordar el problema del aumento continuo efectos sobre la penalización a los emisores de estos cheques, en ese sentido, se buscar una solución estructural frente a este problema, puesto que se teme la pérdida de credibilidad del cheque como medio de pago.