Marruecos ha dado un paso decisivo en la protección de los derechos de los artistas plásticos al implementar plenamente el llamado “derecho de seguimiento”. Este mecanismo legal permite a los creadores beneficiarse de un porcentaje en cada reventa de sus obras, garantizándoles una compensación justa por la valorización económica que adquieren sus creaciones con el tiempo.
El país fue pionero en introducir esta figura jurídica en su legislación nacional mediante el Dahir del 29 de julio de 1970, que reconocía a los autores de obras gráficas y plásticas un derecho inalienable sobre las ventas posteriores de sus obras. No obstante, la falta de decretos de aplicación impidió durante décadas su ejecución efectiva, dejando a los artistas sin acceso a este beneficio.
La situación cambió con la promulgación de la Ley n.º 66.19 sobre derechos de autor y derechos conexos, el 20 de junio de 2022, que restableció oficialmente el derecho de seguimiento. Esta ley estipula que los autores, o sus herederos durante setenta años después de su fallecimiento, perciban un porcentaje de las ventas gestionadas por profesionales del mercado del arte. Posteriormente, el Decreto n.º 2.23.75, publicado el 13 de julio de 2023, fijó las tasas de retribución que varían entre el 8 % y el 5 %, según el valor de la obra vendida.
El impulso a esta reforma se debe al trabajo de la Oficina Marroquí de Derecho de Autor y Derechos Conexos que ha liderado un proceso de diálogo con artistas y agentes del sector desde 2019. Además, el organismo ha creado una plataforma electrónica ( bmdav-ds.ma) para registrar a los autores y garantizar la transparencia en la gestión de los derechos. En paralelo, prepara la creación de un comité especializado que supervisará la validez de las declaraciones y reforzará la protección de los artistas plásticos marroquíes.
10/10/2025









